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miércoles 28 de abril de 2010
La empresa AMX Argentina S.A. es la sociedad que opera actualmente con la denominación "CLARO", y durante 6 meses del año 2001 bajo el nombre de CTI, cobró a los usuarios de telefonía celular con contrato -no con tarjeta- dos cargos:
1º) servicio universal y 2º) tasa de control.
Ambos cargos fueron creados por disposiciones de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación. Así se supuso que la creación del Fondo Fiduaciario Para el Servicio Universal, permitiría expandir el servicio y garantizar el acceso a los usuarios que carecían del mismo. Dicho fondo se conforma con un aporte del 1% de la facturación mensual de todas las compañías de telefonía. El aporte estab y está a cargo de cada empresa.
A su vez, la tasa de control tiene como destino financiar a la Comisión Nacional de Comunicaciones. En este caso el aporte consiste en un 0,50% de toda la facturación.
Vale destacar, y por esa razón utilizamos negrita, que esas sumas estaban a cargo de las empresas, y no de los usuarios. Pero, en los hechos la situación se dió al revés, a aquellos usuarios que tenían abonos, la empresa CTI (hoy CLARO) les cobró ambos cargos. De ello se traduce que a dichos usuarios se les facturó un 1,50% más de lo debido.
Por tal motivo, la asociación Unión de Usuarios y Consumidores llevó adelante la acción colectiva caratulada "Unión de Usuarios y Consumidores c/AMX ARGENTINA S.A.", intentando el reintegro de las sumas cobradas a los usuarios en forma indebida. Así fue que se logró un nuevo precedente a favor de los miles y millones de usuarios del servicio.
La sentencia se encuentra firme, y se puede acceder a ella en esta mismo sitio web. A modo de ser "CLAROS" resumimos la información de dicha resolución judicial en estos 4 puntos:
1º) Los usuarios que tenían CTI en el año 2001 con abono van recibir la devolución de los montos pagados en concepto de los cargos..
2º) A la devolución del capital se le garegará un PLUS del 25% de multa y los intereses que aplica la empresa -hasta hoy- los que no pueden exceder la tasa activa 50%.
3º) A los usuarios que mantienen el número les van a acreditar el importe directametne en cuenta.
4º) A los que no mantienen el número no está resuelto como se devolverán los importes, pero seguramente se comunicará la decisión por medidos de difusión masiva.-
FUENTE: http://consumidoresnic.blogspot.com/2010/04/sentencia-colectiva-contra-amx-sa-claro.html
FUENTE: http://el-reportero.com.ar/modules.php?name=News&file=article&sid=33
La empresa AMX Argentina S.A. es la sociedad que opera actualmente con la denominación "CLARO", y durante 6 meses del año 2001 bajo el nombre de CTI, cobró a los usuarios de telefonía celular con contrato -no con tarjeta- dos cargos:
1º) servicio universal y 2º) tasa de control.
Ambos cargos fueron creados por disposiciones de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación. Así se supuso que la creación del Fondo Fiduaciario Para el Servicio Universal, permitiría expandir el servicio y garantizar el acceso a los usuarios que carecían del mismo. Dicho fondo se conforma con un aporte del 1% de la facturación mensual de todas las compañías de telefonía. El aporte estab y está a cargo de cada empresa.
A su vez, la tasa de control tiene como destino financiar a la Comisión Nacional de Comunicaciones. En este caso el aporte consiste en un 0,50% de toda la facturación.
Vale destacar, y por esa razón utilizamos negrita, que esas sumas estaban a cargo de las empresas, y no de los usuarios. Pero, en los hechos la situación se dió al revés, a aquellos usuarios que tenían abonos, la empresa CTI (hoy CLARO) les cobró ambos cargos. De ello se traduce que a dichos usuarios se les facturó un 1,50% más de lo debido.
Por tal motivo, la asociación Unión de Usuarios y Consumidores llevó adelante la acción colectiva caratulada "Unión de Usuarios y Consumidores c/AMX ARGENTINA S.A.", intentando el reintegro de las sumas cobradas a los usuarios en forma indebida. Así fue que se logró un nuevo precedente a favor de los miles y millones de usuarios del servicio.
La sentencia se encuentra firme, y se puede acceder a ella en esta mismo sitio web. A modo de ser "CLAROS" resumimos la información de dicha resolución judicial en estos 4 puntos:
1º) Los usuarios que tenían CTI en el año 2001 con abono van recibir la devolución de los montos pagados en concepto de los cargos..
2º) A la devolución del capital se le garegará un PLUS del 25% de multa y los intereses que aplica la empresa -hasta hoy- los que no pueden exceder la tasa activa 50%.
3º) A los usuarios que mantienen el número les van a acreditar el importe directametne en cuenta.
4º) A los que no mantienen el número no está resuelto como se devolverán los importes, pero seguramente se comunicará la decisión por medidos de difusión masiva.-
FUENTE: http://consumidoresnic.blogspot.com/2010/04/sentencia-colectiva-contra-amx-sa-claro.html
FUENTE: http://el-reportero.com.ar/modules.php?name=News&file=article&sid=33
Autor: elgoofer
http://bajarcelular.blogspot.com/
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